EL INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA Y TURISMO DE PRADERA VALLE DEL CAUCA
CONVOCA
A todos los Creadores y Gestores culturales de la zona urbana y rural del municipio de Pradera
Para que, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 2012 de 2017, que adiciona el Decreto 1833 de 2016, que reglamentó el numeral 4 del artículo 38-1 de la Ley 397 de 1997, postulen su nombre, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución 2260 de 2018, con el fin de ser identificados como Creadores y Gestores Culturales del territorio.
El Ministerio de Cultura será el encargado de verificar, consolidar y organizar en una sola base de datos la información a nivel nacional de quienes puedan ser objeto de los beneficios establecidos en el Decreto 2012 de 2017, los cuales son:
1. Financiación de una anualidad vitalicia del Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos -BEPS.
2. Financiación de aportes al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos- BEPS.
Entrega de información y formulario de identificación | A partir de la fecha de publicación de esta convocatoria en la Casa de la Cultura de Pradera "Antonio Rojas Ruiz", |
Lugar, fecha y hora límite para la entrega de los soportes documentales: | Casa de la Cultura de Pradera "Antonio Rojas Ruiz", jueves 5 de septiembre de 2019, 5:00 p.m. |
Definición de Creador y Gestor Cultural: | Ver anexo Resolución 2260 de 2018 |
Requisitos para acreditar la condición de Creador o Gestor Cultural: | Ver anexo Resolución 2260 de 2018 |
Atentamente,
LEIDY JOHANA MUÑOZ BURBANO
Directora Ejecutiva IMCT